En este apartado vamos analizar la prestación por desempleo, en concreto: cuales son las condiciones para tener derecho a la misma y como se calcula la base de la prestación.
CONDICIONES
2º Estar inscrito en el INEM como demandante de empleo, sin haber rechazado ninguna oferta, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada.
3º Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 por 100 del SMI (Salario Mínimo Interprofesional).
4º Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
5º Tener responsabilidades de familiares. Hay que entender por responsabilidad familiar el tener a cargo el cónyuge y/o hijos menores de 26 años ó mayores incapacitados, así como los menores de 18 años acogidos. Las responsabilidades familiares deben existir en el momento del correspondiente hecho causante, excepto en el supuesto de hijos que nazcan dentro de los 300 días siguientes.
6º Si el trabajador fuera mayores de 52 años.
CALCULO DE LA PRESTACION
La base reguladora de la prestación por desempleo se calculará dividiendo las cotizaciones efectuadas en los 6 meses anteriores al despido dividido entre 180 (que son los dias que tienen 6 meses).
Para el cálculo de la base reguladora no se incluiran las horas extraordinarias efectuadas.
X
BR = ---------------- = --------- euros / día
180
Una vez realizada esta operación sabemos la cuantía que nos deben pagar al día por la prestación por desempleo.
La cuantía de la prestación será:
- Durante los primeros 6 meses, el trabajador tiene derecho a percibir el 70% de la base reguladora:
La cuantía mensual será lo que nos haya dado la operación anterior, que es en dias, por 30, y así obtendremos la cuantía de euros / mes. Y de esa cantidad obtenida calculamos el 70% que es lo que debe cobrar el trabajador.
- A partir de los 6 meses, la cuantia a percibir será del 60 % de la base reguladora.
La prestación deberá estar dentro de determinados límites:
- La cuantía mínima de la prestación por desempleo será del 107% o del 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) según el trabajador tenga o no respectivamente hijos a su cargo.
- La cuantía máxima de la prestación de desempleo será del 175% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM).
No hay comentarios:
Publicar un comentario